En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda condena a la parte demandada, ciudadana MARVEL DE JESÚS AVENDAÑO SEGOVIA, en pagar a la parte actora las siguientes cantidades:
PRIMERO: La cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.2.500.000,°°), monto éste por el cual se constituyó la garantía hipotecaria y que la demandada adeuda.
SEGUNDO: La cantidad de DOS MILLONES CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs.2.160.000,°°), monto éste que corresponde a los intereses causados desde el treinta y uno (31) de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1.995), hasta la fecha en que se admitió la presente acción, quince (15) de noviembre de dos mil cuatro (2.004), calculados a la rata del doce por ciento (12.....