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miércoles, 30 de junio de 2010
2da Relación de expedientes en los cuales se fija el lapso de 40 días para que las partes presenten escritos de informes por ante la URDD
De conformidad con la disposición transitoria cuarta de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, mediante la cual se indica que las causas que se encuentren en primera instancia, y en cuyos procedimientos no se haya efectuado el acto de informes, el tribunal fijárá un lapso no menor de treinta (30) días de despacho para que las partes lo presenten por escrito...
En relación a lo anterior, en el link a continuación, se señalan las causas en las cuales la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, fija lapso de cuarenta (40) días de despacho para que las partes, presenten sus informes respectivos por ante la Unidad de Recepción de Documentos ubicada en el Piso 1.
Autor:
Johny Acosta
Fecha de Publicación:
30/06/2010
Pagina Web:
docs.google.com/fileview?id=0By4mmTkzzEGHOTNmYzY4N2QtZGRhNC00OGMzLThlNjQtM2ZhN2I3MGZjNjIw&hl
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