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miércoles, 21 de diciembre de 2011
Acuerdo 2011-08 de 21-12-2011
-
 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE

COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. (Extensión Valencia)

Valencia, 21 de Diciembre del 2011. 201° .F152°

ACUERDO No. 2011/08

La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo {extensión Valencia), representada por la Abogada Hilen Daher de Lucena, en su condición de Jueza Coordinadora designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, el día 08 de Septiembre de 2003, según Oficio NQ CJ-03-1695, de fecha 09 de Septiembre de 2003, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

CONSIDERANDO

Que entre las fecha comprendidas del 22 de Diciembre del 2011 al 06 de Enero del año 2012, ambas fechas inclusive, aparece reseñado en el "Calendario Oficial" como periodo de "Asueto Navideño" y por tanto "dias no hábiles para los Tribunales Ordinarios"

CONSIDERANDO

Durante ese periodo, las causas permanecerán en suspenso, y no correrán los lapsos procesales, no obstante, ello no impide que se practique las actuaciones que fueren necesarias para el aseguramiento de los derechos de alguna de los justiciables, para lo cual deberá justificar la urgencia.

CONSIDERANDO

Que el Servicio Público de Administración de Justicia, como servicio público esencial no puede ser suspendido.

CONSIDERANDO.

En materia de Amparo Constitucional, los Jueces están en la obligación de

tramitar los procedimientos respectivos.



ACUERDA. 1) Se designan como jueces de guardia a los fines del tramite de las acciones de amparo:

1.1) Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo: Abogado José Ernesto Silva.



1.2) Jueza Superior Tercera del Trabajo de esta Circunscripción Judicial: Abogada Yudith Sarmiento de Flores.

Coloqúese un cartel visible en la cartelera de este Circuito, donde se haga del conocimiento de los usuarios del servicio de administración de justicia laboral, que en aquellos casos donde se requiera presentar una acción de amparo constitucional durante el asueto navideño, podrán los interesados comunicarse con la Coordinadora Judicial -abogada Marisol Pineda. Numero Telefónico: 0414-402-1177- a los fines de su recepción y posterior distribución entre los tribunales a quien corresponda su conocimiento.

Hágase las anotaciones correspondientes en el Sistema Juris 2000.

Désele publicidad al presente acuerdo y colóquese el mismo en sitios visibles del Circuito Laboral, a los fines de su conocimiento.

Remítase copia del presente Acuerdo a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo´de Justicia -Magistrado Ornar Mora Díaz-, a la Dirección General de Recursos Humanos de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a la Rectoría de esta Circunscripción Judicial, y, a la División de Servicios al Personal de la Dirección Administrativa Regional del Estado Carabobo.

Publíquese el presente "Acuerdo" en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia/Región Carabobo, sin que tal publicación condicione su eficacia.

Dada, firmada y sellada en la sede de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo -extensión Valencia-. En Valencia, a los doce (21)/días; del mes de Diciembre del 2011.



HILEN DAHER DE LUCEN A. JUEZA COORDINADORA DEL CIRCUITO LABORAL.

 
Autor:
  Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo
 
Fecha de Publicación:
  21/12/2011
Pagina Web:
  -
Correo Electrónico
  -
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