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martes, 20 de mayo de 2003
Procedente pretensión de amparo interpuesta por el Procurador Metropolitano de Caracas en contra de la Dirección General de Servicios del Ministerio de Finanzas.
La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, bajo la Ponencia del Magistrado Perkins Rocha Contreras, declaró procedente la pretensión de amparo interpuesta por el Procurador Metropolitano de Caracas contra las vías de hecho realizada por el Ejecutivo Nacional, por órgano de la Dirección General de Servicios del Ministerio de Finanzas, concretamente en el remate y adjudicación de un conjunto de bienes muebles importados por el Distrito Metropolitano de Caracas, en el marco del Convenio de Cooperación Financiera Hispano-Venezolano, por evidenciarse de las actas del expediente, de las pruebas consignadas en la Audiencia Constitucional, así como de las exposiciones formuladas en el desarrollo de esta, la violación del derecho al debido proceso administrativo consagrado en el artículo 49 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Asimismo, dejó sin efecto jurídico los actos llevados a cabo por la Dirección General de Servicios del Ministerio de Finanzas, tendientes adjudicar los bienes objeto de la pretensión de amparo constitucional; y ordenó a la Dirección General de Servicios del Ministerio de Finanzas, el restablecimiento de la situación jurídica lesionada mediante la devolución de los bienes, a los depósitos de las Almacenadoras La Guaira, Andrómeda y Transgar, hasta tanto culmine el procedimiento administrativo destinado a obtener un pronunciamiento del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), con respecto a la procedencia o no de la exoneración del impuesto aduanal a favor del agraviado, el Distrito Metropolitano de Caracas.
Fecha de Publicación:
20/05/2003
Pagina Web:
http://cpca.tsj.gov.ve/decisiones/2003/mayo/025-20-03-1165-ACTA.html
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