este Juzgado del Municipio Bejuma de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: PONCIANO JAVIER PINTO y DIANET JOSEFINA VILLEGAS ROSALES, ya identificados, y en consecuencia, DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial, contraído en fecha 02 de Diciembre de 1986, por ante la Prefectura de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo, según consta del Acta de Matrimonio que corre agregada a los folios del tres (3) al seis (6) del Expediente.
No se hace pronunciamiento sobre hijos por ser la misma mayor de edad.
No se hace pronunciamiento sobre bienes por no constar en auto su existencia