DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 6, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, pasa a pronunciarse en los siguiente términos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad con el Articulo 44 ord. 1 de la Constitución y el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se Acuerda la continuación del asunto por la vía del PROCEDIMIENTO ABREVIADO indicado en el artículo 372 de la norma adjetiva TERCERO: Se impone a los ciudadanos: CARLOS EMILIO MENDOZA TERAN, C. I: 14.269.235, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido en fecha 24/03/1976, de 34 años de edad, de profesión u oficio: Obrero, estado civil: soltero, grado de instrucción: 4º grado, hijo de Pompeyo Mendoza y Belarmina del Carmen Terán, domiciliado en Barrio José María Vargas, Sector 2, Calle Principal, Casa Nº no lo sabe, de colo.....