DISPOSITIVA
Visto y escuchado los alegatos tanto del Representante del Ministerio Público y de la Defensa de la acusada. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. Acuerda: previa revisión exhaustiva del asunto, este Tribunal observa que el Ministerio Publico acuso al ciudadano CARLOS ALBERTO FRANCO PIRE, titular de la cedula de identidad Nº V-17.620.292, en el delito de: Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, asimismo del acto conclusivo acusación el cual corre inserta a los folios 30 al 34, donde en el capitulo 3 y 5 en el cual señala la vindicta publica como elementos de convicción y elementos probatorios, los mismos no cumplen los requisitos establecidos en el artículo 326 en su numeral tercero, es decir, que el Ministerio Publico, no motivo ni realizo una investigación a los fines de aclarar la veracidad de los hechos, no realizó la debida investiga.....