Se ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de notificar a las partes que integran la presente listis, sobre la celebración de la audiencia preliminar.
Se dejan SIN EFECTO las actuaciones posteriores al auto de fecha 03 de octubre de 2023, que corre inserto en el folio ciento setenta y uno (171) de la primera pieza principal, donde se fijó la fecha y hora para la celebración de la audiencia preliminar y se ordenó la notificación de las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena la NOTIFICACIÓN DE LAS PARTES a través del uso de los medios telemáticos, de conformidad con el criterio jurisprudencial asumido por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia
N° 000386, de fecha 12 de agosto de 2022, de la celebración de la audiencia preliminar, la cual tendrá lugar al 5° día de despacho siguiente, luego que conste en autos las notificaciones acordadas, a las 10:00 am.