Este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, corrigió de oficio la sentencia antes referida, dictada por este Órgano Jurisdiccional, toda vez que, donde se lee "(...) Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado. (...)", debe leerse del modo siguiente: "(...) Publíquese y regístrese. Déjese copia de la presente decisión. Remítase el presente expediente al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, a los fines legales consiguientes (...)".
Quien suscribe, la abogada Malú Yoana Del Pino Espejo, Secretaria de este Juzgado deja constancia que en la presente decisión no firma la Jueza Silvia Julia Victoria Espinoza Salazar por razones justificadas.