Decisiones del dia 01/03/2007
N° Expediente :
AP21-L-2006-004534
N° Sentencia :
Fecha: 01/03/2007
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales
Partes: RAMÓN GERGORIO HERNÁNDEZ NEIRA CONTRA CORPORACIÓN GRUPO QUÍMICO, C.A.
Resumen:
Este tribunal, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCION CELEBRADA POR LAS PARTES, otorgándole efecto de cosa juzgada. Asimismo, se deja constancia de que en este acto se hace entrega a las partes de los escritos de pruebas y elementos probatorios. Igualmente, de conformidad con el artículo 21 numeral 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo acuerda expedir las copias certificadas solicitadas.
Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
N° Expediente :
AP21-L-2006-003343
N° Sentencia :
Fecha: 01/03/2007
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales
Partes: LUIS ENRIQUE IBARRA VS. SEGURIDAD Y PROTECCION DE FUEGO, S.A (SEPROFUEGO)
Resumen:
En el día hábil de hoy 01 de marzo de de 2006, siendo las 09:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar el acto de embargo ejecutivo, acordado según auto dictado en fecha 14 de febrero de 2007, se deja constancia de la comparecencia del abogado, JUAN NETO, inscrito en el IPSA bajo el N° 117.066, solicita al tribunal que sea diferida la medida acordada para el día de hoy, por cuanto a ellos no les esta autorizado recibir cantidades de dinero y quien conoce sobre la ubicación de los bienes de la empresa es el trabajador. Vista la solicitud el tribunal difiere la celebración del embargo fijado para el día de hoy, y se procederá a fijar una nueva oportunidad mediante auto separado, previa solicitud de la parte actora ejecutante mediante diligencia o escrito. Así se decide.-
Juez/Ponente:
Anibal Abreu
Organo:
Juzgado Décimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
N° Expediente :
AP21-L-2006-001861
N° Sentencia :
Fecha: 01/03/2007
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales
Partes: JOSE ANTONIO MARCHENA VS. SERVICIOS VIGILANCIA Y PROTECCIÓN PIDA PROTECCIÓN , C. A.
Resumen:
Visto que en fecha 03 de julio de 2006, fue dictada sentencia este tribunal en la cual se declaro con lugar la demandada, y visto, que decretada la ejecución voluntaria en fecha veinticuatro (24) de octubre de 2006 y hasta la presente han transcurrido sobradamente mas de los tres días hábiles que concede la ley para su cumplimiento voluntario, sin que la parte demandada de cumplimiento a la sentencia de este Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, es por lo que conforme a lo dispuesto en los artículos 180, 181 y 182 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA. En consecuencia, decreta medida de embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL CIENTO VEINTIDOS BOLIVARES CON NOVENTA CENTIMOS (Bs.3.270.122,90), que comprende el doble de la suma condenada de UN MIL.....
Juez/Ponente:
Anibal Abreu
Organo:
Juzgado Décimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
N° Expediente :
AH24-L-2002-000043
N° Sentencia :
24
Fecha: 01/03/2007
Procedimiento: Calificación De Despido
Partes: WILLIAM GARCIA (VS) RESTAURANT FISH MARKET 28, C.A.
Resumen:
DECLARA:
PRIMERO: INJUSTIFICADO el despido del cual fue objeto el reclamante, y como consecuencia de ello, CON LUGAR la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos presentada por el ciudadano WILLIAM OSWALDO GARCÍA ORTEGA contra la empresa RESTAURANT FISH MARKET 28, C.A., ambas partes identificadas en el cuerpo de la presente sentencia.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se ordena a la empresa anteriormente señalada a reincorporar al trabajador a su puesto de trabajo en las mismas condiciones en que se encontraba para el momento de su ilegal despido, con el correspondiente pago de sus salarios caídos que se hayan generados durante el procedimiento, contados desde la fecha de la citación, es decir, 06 de febrero de 2003, hasta la efectiva reincorporación del trabajador, con exclusión de los lapsos en que estuvo paralizada la causa por motivos de fuerza mayor, caso fortuito, suspensión o inacción del demandante. Dichos salarios deberán ser .....
Juez/Ponente:
Gonzalo Barczynski
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo