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Decisiones del dia 01/03/2012 |
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N° Expediente :
AP11-V-2012-000162
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N° Sentencia :
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Fecha: 01/03/2012 |
Procedimiento: Interdicción |
Partes: GREGORY ANTONIO TEMPOTE MARTINELLI |
Resumen:
este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE para conocer de este asunto. Asimismo, analizados como han sido los preceptos normativos y jurisprudenciales anteriores, y subsumidos al caso en concreto, este juzgador a fin de salvaguardar los principios de la celeridad y economía procesal, ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente previa distribución, a fin de que dicho Tribunal se pronuncie respecto a la presente solicitud. Así se decide.-
Dada la naturaleza de esta decisión, no hay condenatoria en costas.
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Juez/Ponente:
Luis Rodolfo Herrera
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Organo:
Juzgado Segundo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AP31-S-2011-001932
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N° Sentencia :
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Fecha: 01/03/2012 |
Procedimiento: Divorcio 185-A |
Partes: MARIA JUDITH APONTE Y LUIS GOUVEIA NATAL |
Resumen:
Cumplida la citación de la citada Fiscal, y habiendo manifestado la misma su conformidad el Tribunal pasa a decidir sobre el caso de autos y al respecto observa, un extracto del contenido del artículo 185-A del Código Civil, el cual expresamente dispone:
"Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común."
Ahora bien, el presente caso se subsume al supuesto previsto en la norma anteriormente transcrita, de tal manera que se considera que fueron cumplidas las exigencias previstas en la misma, es decir, los cónyuges han comparecido ante este Juzgado y han solicitado el divorcio alegando una ruptura prolongada de la vida en común, por más de cinco (05) años, por lo que es forzoso para esta Juzgadora concluir que la solicitud que encabeza las presentes actuaciones debe prosperar por ser ajustada a derecho. Así se decide.
III
Con fundamento en los razonamiento.....
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Juez/Ponente:
Fabiola Carolina Terán Suarez
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Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
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N° Expediente :
AP31-S-2011-001456
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N° Sentencia :
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Fecha: 01/03/2012 |
Procedimiento: Divorcio 185-A |
Partes: MARIELA ANDRADE DE ROJAS Y ALEJANDRO ROJAS ALVAREZ |
Resumen:
Cumplida la citación de la citada Fiscal, y habiendo manifestado la misma su conformidad el Tribunal pasa a decidir sobre el caso de autos y al respecto observa, un extracto del contenido del artículo 185-A del Código Civil, el cual expresamente dispone:
"Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común."
Ahora bien, el presente caso se subsume al supuesto previsto en la norma anteriormente transcrita, de tal manera que se considera que fueron cumplidas las exigencias previstas en la misma, es decir, los cónyuges han comparecido ante este Juzgado y han solicitado el divorcio alegando una ruptura prolongada de la vida en común, por más de cinco (05) años, por lo que es forzoso para esta Juzgadora concluir que la solicitud que encabeza las presentes actuaciones debe prosperar por ser ajustada a derecho. Así se decide.
III
Con fundamento en los razonamiento.....
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Juez/Ponente:
Fabiola Carolina Terán Suarez
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Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
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N° Expediente :
AP31-F-2011-000019
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N° Sentencia :
34
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Fecha: 01/03/2012 |
Procedimiento: Divorcio 185-A |
Partes: AVELINO CAMACHO TERAN Y NUBY DEL ROSARIO ALQUERQUE DE CAMACHO |
Resumen:
Atendiendo a todo lo expuesto por éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos AVELINO CAMACHO TERAN y NUBY DEL ROSARIO ALQUERQUE DE CAMACHO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.385.705 y V-13.847.172, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído el 27 de enero de 1989, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, según se evidencia de acta de matrimonio Nro. 33, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.- Así se decide
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Juez/Ponente:
Renan Gonzalez
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Organo:
Juzgado Decimo Quinto de Municipio
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N° Expediente :
AP31-S-2012-001620
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N° Sentencia :
PJ0102012000080
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Fecha: 01/03/2012 |
Procedimiento: Divorcio 185-A |
Partes: GUILLERMO JUNIOR MARCANO ALIENDRES Y MARIA ELENA CALDERA LOPEZ |
Resumen:
Y en el caso que nos ocupa se pudo constatar luego de una revisión detallada de la solicitud peticionada, que los ciudadanos GUILLERMO JUNIOR MARCANO ALIENDRES Y MARIA ELENA CALDERA LOPEZ, antes identificados, aportaron como recaudos a su solicitud, certificado de matrimonio N° 204 expedido por la Alcaldía de Sucre, el cual no posee el valor probatorio de un acta donde se haya asentado la celebración del matrimonio, cuyos efectos se pretenden demostrar, es decir, no trajeron a los autos copia certificada del acta de matrimonio a la cual hace mención en su solicitud, todo ello a los fines de determinar de donde deviene su vinculo matrimonial, hecho éste que debe ser suficientemente justificado al Tribunal para determinar la procedencia o no de la admisión de la solicitud. Por los razonamientos antes expuestos resulta forzoso para este Juzgado declarar INADMISIBLE la solicitud de Divorcio de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos GUILLERMO JUNI.....
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Juez/Ponente:
Nelson R. Gutiérrez Cornejo
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Organo:
Juzgado Decimo de Municipio
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