En consecuencia, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer y decidir en segunda instancia el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia definitiva de fecha 01 de febrero de 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante la cual declaró sin lugar la acción de divorcio interpuesta por la ciudadana EPIFANÍA MORAIMA PÉREZ LOVATON, titular de la cédula de identidad Nº 7.328.996, asistida por la abogada Sandra Soto Pérez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.652, contra el ciudadano ORLANDO PÉREZ PIRELA, titular de la cédula de identidad Nº 5.767.023.
SEGUNDO: Se DECLINA LA COMPETENCIA ante uno de los Tribunales Superi.....