En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DE MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: JOSÉ YSABEL MARTÍNEZ BRITO y CARMEN MARÍA SÁNCHEZ DÍAZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.011.266 y V-5.880.012, respectivamente, domiciliados el primero en el Barrio Independencia N°. 35 de la población de Güiria Municipio Valdez del Estado Sucre y la segunda en la Calle Ecuador, N°. 132, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, debidamente asistidos por Abogado en ejercicio PEDRO DEL VALLE MOSQUEDA, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.584, y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los unía y que contrajeran por ante la .....