DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal Octavo de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: El DESISTIMIENTO del recurso de Nulidad interpuesto por la sociedad mercantil SERVICIOS DE TRANSPORTE RB, C.A, contra Providencia Administrativa No.43-2011, de fecha 30 de marzo de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, que declaró CON LUGAR la solicitud de Reenganche y Pago de los Salarios Caídos incoada por el ciudadano JOSE LUIS TEJERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.7.087.545, en contra de la sociedad mercantil SERVICIO DE TRANSPORTE RB, C.A..
SEGUNDO: Se ordena el archivo del expediente de la presente causa luego que dicha decisión quede definitivamente firme