IV
En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano JOSE MUSSETT HERNANDEZ, cédula de identidad No. 8.655.993, de este domicilio, asistido por el Abogado JULIO CESAR GONZALEZ CLAVIJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 151.379, contra la ciudadana LUZ MARIA JIMENEZ, cédula de identidad No. 8.817.444, de este domicilio.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia para el Archivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, el 1 de abril de .....