En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Inadmisible la demanda por Partición de Comunidad Hereditaria, interpuesta por los ciudadanos José Humberto Ibarra Salcedo, Franklin Jacobo Ybarra Salcedo, Rosbeli Rebeca Gomez Ibarra, y Ronald René Ibarra Salcedo, contra los ciudadanos Carlos Emilio Ibarra Lira, Carelys Mercedes Ibarra Lira, e Isabel Josefina Ibarra Ojeda, todos antes identificados.
Dada, sellada y firmada en la Sala Despacho de este Tribunal en la ciudad de Puerto Cabello, estado Carabobo, el 01 de abril de 2024, siendo las 10:00 de la mañana. Años 2013° de la Independencia y 164° de la Federación. Publíquese, Regístrese. Anótese en los libros respectivos. Déjese copia de la sentencia de mane.....