Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por las Fiscales Quinta y Séptima del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia, en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a cargo de la Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez, de fecha 04-04-2005, (fundamentada en fecha 08-04-2005, (fuera del lapso legal, sin haberse notificado a las partes), donde se declaró CON LUGAR la solicitud de modificación de medida cautelar sustitutiva de libertad, presentada por la defensa, en favor del acusado CARLOS RAFAEL MILITO LÓPEZ.
SEGUNDO: SE DECLARA, DE OFICIO, LA NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Prime.....