PRIMERO: Admite a Trámite el presente Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por la DRA. MARÍA TERESA ALCALÁ RHODE DE GARCÍA, Fiscal Trigésimo Octava del Ministerio Público, en contra de la sentencia No. 001-06 de fecha 31-03-06 dictada por el Juzgado Accidental de Juicio de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, de conformidad con lo establecido del artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija la audiencia oral y reservada, la cual se llevará a cabo en la sexta audiencia computada, contada a partir de la presente admisibilidad, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.). Así se decide.