El Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara Secuestrado el inmueble objeto de Juicio. La parte demandada hizo oposición a la practica de la medida y el Tribunal a solicitud del Actor se abstuvo de practicar la medida de Embargo Preventivo.