DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha catorce (14) de mayo de dos mil quince (2015), por el abogado BLENDY BARRIOS DE CIRELLI, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada en fecha doce (12) de mayo de dos mil quince (2015), por el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Queda REVOCADO, el fallo apelado con la motivación expuesta en el presente fallo.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la homologación a la transacción suscrita en fecha veintiuno (21) de abril de dos mil quince (2015), por las partes en este proceso.
TERCERO: TERMINADO el jui.....