En consecuencia esta Sala Nº 01 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ADMITIDO el presente recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos abogados Rómulo José García Ruiz y Michelle Eduvigis Pérez Domínguez, en su carácter de defensores privados de los imputados Simón Antonio Fuentes Vallejos y Jesús Ángel Colmenares Lucena, en contra de la decisión dictada en fecha 27 de marzo de 2017 y publicado el auto motivado en fecha 29 de marzo de 2017, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal Nº GP01-P-2016-027882, seguido a los prenombrados imputados, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 en concordancia con el articulo 405 ambos de.....