declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano AMÉRICO ARMANDO GIANNINI ROMERO, portador de la cédula de identidad 5.540.089, actuando en su propio nombre y representación, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.011, contra el Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente del Municipio Baruta del Estado Miranda, mediante el cual solicita diferencia en el pago de sus prestaciones sociales. En consecuencia:
1.- SE ORDENA, al Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente del Municipio Baruta del estado Miranda (CMDNA) recalcular las prestaciones del recurrente desde la fecha de ingresó a la Administración 01-03-2005 hasta la fecha de su egreso 31-07-2006, de conformidad con lo expresado en la parte motiva de la presente decisión.
2.- SE ORDENA, el pago de los intereses moratorios de la siguiente manera:
1º.- Desde el 31-07-2006 hasta el 13-03-2007, calculados sobre el monto definitivo que arroje el recálculo.
2º.- Desde el 13-03-2007.....