Por las razones que anteceden, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición a la admisión del presente Recurso Contencioso Tributario realizada por el Abogado William Peña INPREABOGADO N° 39.761, en su carácter de Representante de la Republica.
SEGUNDO: ADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario ejercido por la Abogada Carolina Hernández De Rolle INPREABOGADO N° 37.071 en su carácter de Apoderada Judicial de la Contribuyente LA COPIADORA DEL ESTE C.A., contra la Resolución de Imposición de Sanción identificada con el No 0129, de fecha 19-01-2010 dictada por el Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT.
TERCERO: Siendo la oportunidad procesal, de conformidad con lo establecido en el artículo 268 del Código Orgánico Tributario, queda el juicio abierto a prue.....