En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Su incompetencia para pronunciarse sobre esta acción de amparo, incoada por el ciudadano JOSE GABRIEL FUENTES (fallecido) contra el Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Segundo: Se declina la competencia en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Tercero: Se ordena la remisión inmediata del presente, conforme lo expuesto en la motiva de este fallo. Cuarto: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas. Así se decide.