DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) Que es incompetente para seguir conociendo la presente demanda por cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales, incoada por el ciudadano IRVING ALEXANDER CARVALLO HERNANDEZ, quien fuese venezolano y titular de la Cédula de Identidad N° 14.935.225, fallecido ab intestato en fecha 22-03-2012, contra "INTEGRAL DE MERCADOS Y ALMACENS, CA (INMERCA) y LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR."
2°) Este Juzgado considera que el competente para conocer de esta acción, en primera instancia, son los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese Oficio y remítase una ve.....