En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Décimo Octavo (18º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales, interpuesta por la ciudadana ANDREINA DEL VALLE CEDEÑO contra CONSULTOR LEADER OF FIRE F.P., condenándose a esta última a pagar a la referida ciudadana, las siguientes cantidades y conceptos:
Primero: Por vacaciones vencidas comprendidas entre el año 2007 y el año 2011, específicamente: Por vacaciones 2007-2008: novecientos noventa y nueve bolívares con noventa y nueve céntimos (Bs. 999,99); Por vacaciones 2008-2009: mil sesenta y seis bolívares con cincuenta y seis céntimos (Bs. 1.066,56); Por vacaciones 2009-2010: mil ciento treinta y tres bolívares con veintidós céntimos (Bs. 1.1.....