Este Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer y decidir la presente demanda, por DAÑOS Y PERJUICIOS POR ACCIDENTE DE TRANSITO, intentada por el ciudadano PEDRO JUAN RADA, extranjero, titular de la cedula de identidad N°E- 84.387.270, a través su apoderada judicial, abogada Luz Graciela Suarez, inscrita en el I.P.S.A, Bajo el N°41.571. Contra el ciudadano, JOSE LUIS FREITEZ GUEDEZ