Por todos los argumentos de hecho y Derecho que han quedado expuestos, el Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se NIEGA EL DESISTIMIENTO FORMULADO por el abogado MIGUEL ANGEL ALVAREZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A bajo el N° 92.444).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, en atención a lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica según remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y .....