V
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario de nulidad conjuntamente con amparo constitucional cautelar interpuesto por el ciudadano John Pier Chacon Peraza, en su carácter de apoderado especial de HIPER BINGO, C.A, admitido por este tribunal el 21 de julio de 2008, contra el del acto administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Sanción Nº GRTI-RCE-DFD-2008-07-VDF-IJEA-779-06 del 14 de marzo de 2008, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), en la determinó que la contribuyente no pagó la totalidad del impuesto establecido en la ley de impuesto a las actividades de juego de envite o azar, de 40 U.T por cada máquina tal y como lo establece el artículo 5 eiusde.....