PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO formulada por la abogada en ejercicio Jhanels De Jesús Espina Briceño, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 242.135, actuando como apoderada judicial del ciudadano Martin Junior Márquez Infante, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 18.824.609, según consta de poder otorgado ante la Notaria Pública Segunda del Municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), anotado bajo el Nro. 46, Tomo 59, folios 165 hasta 167, de los libros llevados por esa oficina; y la ciudadana Anyeli Roxelis Rivas Quijada, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 22.050.507, debidamente asistida por la referida profesional del derecho.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Martin Junior Márquez Infante y Anyeli Roxelis Rivas Quijada, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros......