Oídas las partes y finalizada la audiencia este Tribunal en función de Control No. 12, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY pasa a decidir de la manera siguiente: PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación presentado por el Fiscal del Ministerio Publico en contra del ciudadanazo HILNAEL DAVID DORANTES MARTINEZ por la comisiòn del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el Art. 407 del Codigo Penal en perjuicio de Giovanni Mogollón , acusación esta a al cual se adhiere la ciudadana Ligia Mogollón, asistida por el Abogado Alexander Coronado, Se ordena la apertura a juicio oral y público al acusado. SEGUNDO: Igualmente se admiten las pruebas presentadas tanto por la defensa técnica como por la Fiscalia del Ministerio Publico por ser pertinentes, útiles, legales y licitas a los fines del desarrollo del Juicio Oral y Publico . TERCERO: Se ratifica la medida de coerción personal acordada en la audienci.....