Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control No.5, Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara improcedente la presente solicitud de dejar sin efecto la orden de captura librada en contra de la Imputada Maria de Lourdes Escalona. Ratificando así la misma. Así se decide. Es Todo. Regístrese, Notifíquese, Cúmplase.