Por todo lo anteriormente narrado y visto que en este mismo día se da cabal y efectivo cumplimiento a la Medida de Libertad Asistida que le fuere acordada en su oportunidad por el lapso de Dos (02) Años al Joven Adulto: AULAR JAVIER DAVID, titular de la cédula de Identidad Nº 19.852.140, de nacionalidad Venezolana, nacido en fecha 17-11-1989, de 17 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Esther Aular (V) y Padre desconocido, residenciado en: Segunda entrada de Carapita, calle el Colegio, casa Nº 12, Antímano, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES Y POR AUTORIDAD DE LA LEY PROCEDE A DECRETAR DE OFICIO EL CESE DEFINITIVO DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en consecuencia ORDENA SU LIBERTAD PLENA, según lo establecido en el artículo 645 ejusdem. Se a.....