Así las cosas, en el libelo de la demanda fue solicitado el Desalojo, alegando la representación judicial de la actora que la parte demandada le adeuda dos (02) mensualidades, correspondientes a los meses de septiembre y octubre del año 2.007; y, habiéndose convertido por voluntad de las partes el contrato de arrendamiento en un contrato a tiempo indeterminado, cuyo canon fue fijado en la suma de Seiscientos cincuenta mil Bolívares (Bs. 650.000,00) mensuales; de una simple operación aritmética se puede evidenciar que al multiplicar la suma de 650.000,00 x 12 mensualidades por concepto de canon de arrendamiento, el resultado de dicha operación alcanza la cantidad de Siete millones ochocientos mil Bolívares (Bs. 7.800.000,00), la cual se debe tener como la cuantía del presente juicio y así se decide.
En razón de lo antes expuesto, y por cuanto los Juzgados de Municipio sólo conocerán de las causas que no excedan de la suma de Cinco millones de Bolívares (Bs. 5.000.000,00) y establecida.....