En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa por la Abogada TAHIDEE COROMOTO GUEVARA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99.059, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad de Mercantil CONSTRUCTORA VIALPA. S.A., contra la Decisión dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO JOSÉ RAFAEL NÚÑEZ TENORIO, SEDE GUATIRE ESTADO MIRANDA., de fecha 12 de diciembre de 2008, que declaro Con Lugar el reenganche y pago de los salarios caídos del ciudadano ANGEL EDUARDO PEREZ MILANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.128.753.