Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINI LITIS, la pretensión de amparo constitucional incoada por la ciudadana MARLING PEREZ REBOLLEDO contra la empresa WAUMOVIL S.A.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay condena en costas.