PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 9 de julio de 2022, por el ciudadano WILMER ROA, en su condición de actual propietario de la sociedad mercantil CHARCUTERÍA, LICORERÍA, DELICATESES EL ENCANTO, S.R.L, debidamente asistido por la abogada María Solórzano, parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 24 de mayo de 2022, por el Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada y CON LUGAR la demanda que por desalojo incoara la sociedad mercantil INVERSIONES ANPOCAR, C.A., contra la sociedad mercantil CHARCUTERÍA, LICORERÍA, DELICATESES EL ENCANTO, S.R.L,
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la defensa perentoria de falta de cualidad pasiva
TERCERO: IMPROCEDENTE el vicio de inmotivación por silencio de pruebas denunciado.
CUARTO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas .....