En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: con lugar la solicitud de suspensión de efectos de la providencia administrativa N° 00227, de fecha 12/09/2022 contenida en el expediente N° 005-2022-01-00212 dictado por la Inspectoría del Trabajo Pio Tamayo de Barquisimeto
SEGUNDO: se ordena notificar de la presente decisión a la inspectoría del Trabajo Pio Tamayo de Barquisimeto, a los fines del cumplimiento de la presente decisión.
TERCERO: no hay condenatoria en cosas dada la naturaleza del fallo.