ORDENA CORREGIR el error material y en consecuencia RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de la niña IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, en el sentido de señalar: Primero: la identificaron como NIÑO siendo lo correcto NIÑA, Segundo: la identificaron como Hijo siendo lo correcto HIJA, Tercero: omitieron el numero de cedula de la madre siendo lo correcto colocar "11.433.634" Cuarto: Omitieron por completo los datos del padre siendo lo correcto colocar: LUIS ENRIQUE SUAREZ LINAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.425.839, la cual se encuentra asentada en el libro de Registro de Nacimientos llevados por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, inserta bajo el N° 2245, del año 2.002. A tal fin remítase a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Civil Principal del Estado Lara copia de la Sentencia junto con Oficio.
Expídase.....