ÚNICO: Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el articulo 255 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación a la Transacción suscrita en los términos expuestos en la misma, procediéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada y se ordenará el archivo del expediente, una vez cumplida la obligación.- Publíquese y Regístrese.-
Dada y firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción del Estado Lara. En Barquisimeto al primer (01) día del mes de Diciembre del año 2006. Años: 196° y 147°.
EL JUEZ,
ABG. MARTÍN. E. BONILLA. A.
LA SECRETARIA,
ABG. EMMA GARCÍA.
Nota: Publicada en su fecha hoy: 01-12-2006, a las 10:55 a.m.-