En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL, seguido al ciudadano, ALAN JESÚS RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, venezolano, de 52 años edad, nacido el 29 de marzo de 1956, en San Cristóbal, estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.768.078, residenciado en la Urbanización Los Samanes, Calle Nº 3, Residencias Géminis, Apartamento 13-B, Municipio Baruta, Caracas, por la presunta comisión del delito de Violencia Psicológica, previsto y sancionados en los artículos 4, 6 y 20 de la derogada Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia en perjuicio de la ciudadana MARÍA POEMA CARDOZO DE .....