En consideración a los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado Hermes Fonseca Meléndez, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 11 de agosto de 2010 (F.161-169), por el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior particular, SE REVOCA el auto dictado por el citado Juzgado de fecha 06 de octubre de 2010, que cursa al folio 174, del presente expediente en apelación, a través del cual oye la apelación ejercida en la presente causa.
TERCERO: Dada la naturaleza.....