Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso extraordinario de casación anunciado mediante diligencia de fecha 25 de noviembre de 2021, por la abogada MARIA DEL CARMEN LÓPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 79.492, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por esta alzada en forma oral en fecha 19 de noviembre de 2022 y cuyo extenso fue publicado el 22 de noviembre de 2021. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay expresa condena en costas. TERCERO: Remítase el expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión c.....