Este Tribunal Noveno de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en Funciones de Control-Valencia, del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emitió los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite TOTALMENTE la acusación presentada por la FISCAL 03 DEL MINISTERIO PÚBLICO, en contra del ciudadano RAIEZER RAMON PAIVA GUTIERREZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Valencia estado Carabobo, titular de la cedula de identidad No V.- 31.083.229, fecha de nacimiento: 07-10-2001, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Desempleado, residenciado en Boquerón, Sector el Jabón, Calle el Valle Casa SN, Central Tacarigua estado Carabobo, por el delito de ULTRAJE SIMPLE, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 222, NUMERAL 1 DEL CÓDIGO PENAL. Asimismo, se admiten los medios de prueba presentadas por el Ministerio Público, por considerarlas este Tribunal útiles, legales, lícitas, pertinente.....