´Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declara: INADMISIBLE la demanda de acción mero declarativa de unión estable de hecho, interpuesta por la ciudadano YNDYRA GABRIELA BRAVO DE BELISARIO, contra el ciudadano FRANCISCO JOSE DI CRISCIO FERRER, todos antes identificados y contra los herederos del ciudadano MIGUEL ANTONIO DI CRISCIO FERRER.´