Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Ciudadana GISELA ELIZABETH DUQUE DE AREINAMO, cédula de identidad V- 4.348.781, actuando por sus propios derechos, asistida por Manuel R Angarita S., Cédula de Identidad V- 2.983.544, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 3.114, actuando en su carácter de apoderado judicial de la recurrente de autos, contra la Acto Administrativo contenido en la Providencia emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos, Región Capital, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Resolución No SAT-GRTI-RC-DSA-2002-000313 de fecha 13-05-2002, notificada el 14-06-2002 , en consecue.....