La Sentencia Interlocutoria Nº 85/2016, fue declarada definitivamente firme mediante auto de fecha veintiséis (26) de Enero de 2017.
Ahora bien, visto lo solicitado por la ciudadana Rosa Calazán, ya identificada y por cuanto no consta en autos que se haya agotado el cumplimiento voluntario de conformidad con lo previsto en el artículo 287 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, este Tribunal ordena previo a lo solicitado, la ejecución voluntaria de la Sentencia Interlocutoria Nº 85/2016 dictada y publicada en fecha dieciocho (18) de Octubre de 2016, para lo cual se le concede un plazo de cinco (05) días continuos, a la contribuyente "DISTRIBUIDORA COSME-SOUSA, S.R.L.", siguientes a su notificación, a fin que cumpla o demuestre haber cumplido con lo dispuesto en la señalada decisión.-