Atendiendo a todo lo expuesto, este TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE MUNICIPIO
ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de
DIVORCIO 185-A del Código Civil en concordancia con la Sentencia ¨Nº 693, de fecha 02 de junio
de 2015, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por los
ciudadanos JACQUELINE OROPEZA VALLES y HEBERTO ENRIQUE ARAUJO
ORELLANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.473.764
y V-7.265.205, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por
ambos contraído en fecha 13 de julio de 2018, por ante la Primera Autoridad Civil del Registro Civil
del Estado Aragua, Muncipio Mario Briceño Iragorry, asentada en el libro de matrimonios
correspondiente al año 2018 llevada por dicha of.....