PRIMERO: Se DECRETA la Medida Cautelar Innominada, solicitada por la representación judicial del ciudadano JOSÉ FERNEL ARANZAZU ARROYAVE, venezolano, mayor edad, Comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V.-24.203.503, de este domicilio, actuando con el carácter de Vicepresidente y Representante Legal de la sociedad mercantil PERFUMERIA EL INDIO POPOROPO C.A., persona jurídica inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 01 de noviembre de 2005, bajo el No. 29, Tomo 160-A-Pro, debidamente asistido por el profesional del derecho FREDYS JOSÉ CARIAS REQUENA, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 107.001, en contra la sentencia de fecha 09 de noviembre de 2022, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, y en consecuencia, contra las actuaciones en el e.....