Establecido lo anterior, este tribunal visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Se homologa el acuerdo suscrito por el ciudadano RAFAEL HUMBERTO NIETO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad N° V-9.555.189, la abogada en ejercicio JENNYS LUCIA NIETO SANCHEZ, representado por la abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 133.282 y la entidad de trabajo SERVICIOS TOTAL CONTROL 24, C.A (SERTOCON 24, C.A) entidad inscrita en el Registro Único de Información Fiscal N° J-40540124-9, parte demandada, represe.....